Consultorio jurídico y centro de conciliación – Gustavo Vásquez Betancourt - Corporación Universitaria Remington

Centro De Conciliación “Gustavo Vásquez Betancourt”

El centro de conciliación “Gustavo Vásquez Betancourt”, es una unidad que pertenece al Consultorio Jurídico y que tiene como naturaleza contribuir a la prevención, gestión y resolución pacífica, rápida y eficaz de los conflictos, dirigida a la población en general y en especial a la más vulnerable, sobre la base de prevenir los litigios como en la solución de las controversias, mediante la adopción de instrumentos que permitan el diálogo y la conciliación , con la intervención de personal especializado en el área de conocimiento y desde la academia con la intervención de los y las estudiantes que cumplan con requisitos de Ley como base de formación y acercamiento al contexto social y real.

MISIÓN

El Consultorio Jurídico y su Centro de Conciliación tienen como misión apoyar la formación integral del estudiante de práctica del programa de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, mediante la implementación de herramientas pedagógicas estimulando las competencias del conocer, del saber hacer y del saber ser en contexto real, generar y aplicar pensamiento crítico, destrezas comunicacionales y asociativas entre práctica y teoría.

La formación integral y profesional del estudiante en un contexto de excelencia académica, de interdisciplinariedad, de tecnología y de investigación con impacto social, fundamentadas en la promoción de los Derechos Humanos, que les faculta para el ejercicio del Derecho desde el conocimiento del marco jurídico vigente, con capacidad analítica, crítica, interdisciplinaria y mediadora para interpretar y aportar a la solución de los problemas sociales, estará enmarcada criterios de responsabilidad, solidaridad y sentido social, promoción de los derechos humanos sin perder de vista su ética profesional.

VISIÓN

El Consultorio Jurídico de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, a 2016, se posicionará como un consultorio líder en el nivel local, regional y nacional en la prestación de un servicio jurídico con calidad, y la cualificación de la práctica académica de sus estudiantes, gracias al despliegue de las distintas modalidades de práctica que éste ofrece y que se han establecido como respuesta efectiva a los cambios y exigencias que la sociedad día a día impone.

FINALIDADES BÁSICAS

  • La formación académica de los y las estudiantes para la práctica profesional.
  • La prestación gratuita del servicio de conciliación extrajudicial en Derecho, como un servicio a la comunidad en general y en especial a los sectores de escasos recursos económicos.
  • Desarrollar competencias en los y las estudiantes y en la comunidad en general para prevenir, gestionar, resolver el conflicto, mediante el uso de mecanismos alternativos de resolución de conflictos a través del diálogo y la conciliación, con apego a principios del Derecho.

LOS PRINCIPIOS DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN.

Igualdad

Garantizar que no se presente ninguna discriminación con respecto a las partes en disputa, en concordancia con la política efectiva de accesibilidad al servicio de la Conciliación como mecanismo alternativo de Resolución de conflictos, de manera que se materialice una igualdad de oportunidades entre los usuarios del servicio.

Dignidad humana

El respeto hacia las personas, creencias, valores y diferencias, será gestión encomendada a cada uno de los miembros del Centro de Conciliación y de los y las estudiantes que se encuentran ejerciendo su práctica, fomentando de esta forma la confianza y la participación activa de la comunidad en las actividades del Centro.

Legalidad

El conciliador velará porque todas las actuaciones estén de conformidad con el ordenamiento jurídico y no contravenga el orden público y las buenas costumbres.

Calidad

El Centro de Conciliación prestará un servicio ágil, oportuno y efectivo, que garantice la satisfacción de los ciudadanos.

Eficiencia

El Centro de Conciliación, sobre la base estructural de sus miembros enfocará toda su actividad, y producción en llevar cabo la misión propuesta, de manera que los usuarios del Centro reciban el servicio adecuado y conforme sus requerimientos.

Eficacia

El Centro de Conciliación velará porque la conciliación a la que lleguen las partes, sea un acuerdo que garantice la solución pacífica y efectiva de los conflictos ciudadanos, es decir la actividad del Centro de Conciliación debe ir encaminada a lograr el efecto que se desea o se espera, por su naturaleza.

Responsabilidad social

El Centro de Conciliación en cada uno de sus actividades velará por el compromiso social que implica el acceso al servicio dentro de los parámetros propuestos, así se valorará positivamente el impacto que el Centro de Conciliación aporta como ente eficaz a la comunidad.
La responsabilidad social adquirida por el Centro de Conciliación con los residentes de la ciudad de Medellín es además un compromiso con la sociedad misma de manera que aporte significativamente a la armonía social del país.

Transparencia

Cada uno de los trámites realizados serán informados de manera oportuna y precisa a las partes, además de la responsabilidad frente a las obligaciones que se asuman, la naturaleza del acuerdo a que se llegue y demás interrogantes que se le formulen los usuarios con respecto a la actividad realizada, de manera que cada uno de los asuntos sea realizado con la mayor claridad posible.

Celeridad

Principio de la conciliación que hace referencia a la agilidad en la prestación del servicio y en la búsqueda de las posibles soluciones a la resolución del conflicto, donde intervienen de manera directa las partes.

Informalidad

La conciliación no está sometida a formalismos excesivos y dilatorios; se desarrolla, normalmente, en una sola audiencia, al término de la cual, en caso de haber logrado la solución de la controversia, se firma un Acta de Conciliación.

Idoneidad

Hace referencia a la preparación y conocimientos que debe tener el conciliador frente a la materia objeto de la conciliación.

Confidencialidad

Principio de la conciliación que guarda relación con la información que es recibida por el conciliador en la audiencia, la cual es confidencial, es decir que no puede ser revelada a nadie. Ni el conciliador ni las partes podrán revelar o utilizar dicha información en otros espacios.

Participación

Las partes involucradas dentro del conflicto, pueden participar de manera directa en la forma como van a solucionar el conflicto de forma tal que los beneficie con la ayuda de un conciliador. La solución a su conflicto fue construida entre todos.

Veracidad

Implica que todo aquel que participa en un proceso de Conciliación debe dirigir su actuar a proporcionar información real, autentica y no falsa, decir la verdad, de verdad, sobre el origen, causas, consecuencias del conflicto, así como de los intereses reales y no enfrascarse en posiciones radicales.

Buena Fe

Orientada en asumir una conducta leal y honesta, conducta también extensiva a todos los sujetos de una conciliación.

Equidad

El principio de equidad implica que el acuerdo que se busque debe inspirarse en la justicia y que beneficie a ambas partes en aras de lograr la efectivización y durabilidad del mismo.

Neutralidad

El principio de neutralidad está dirigido exclusivamente al conciliador, es un rasgo distintivo del conciliador, en virtud de este principio el conciliador ha de ser un tercero ajeno a las partes, que no tenga ningún tipo de relación jurídica o extra jurídica con alguna de las partes o sus familiares, para evitar un conflicto de intereses.

Equidad

Al igual que el anterior principio está dirigido exclusivamente al conciliador pues es una característica del conciliador que implica el deber del conciliador de despojarse de favoritismos o prejuicios durante el desarrollo del proceso de conciliación, con el fin de no perjudicar o favorecer a una de las partes.

SOLICITUD DEL SERVICIO

La solicitud de conciliación la podrá realizar de manera verbal en las instalaciones del Centro de Conciliación y allí se llenará un formato de solicitud por el estudiante o radicarse mediante escrito en gestión documental. Esta solicitud deberá contener de forma sucinta los hechos, pretensiones y cuantía cuando el asunto es de tipo económico; Los datos personales, señalar las direcciones completas de las partes convocantes y convocados, además de los documentos que sean necesarios para llevar a cabo el trámite, según el caso.

COMPETENCIA LEGAL

Se adelantarán audiencias de conciliación a personas naturales que soliciten el servicio y que vivan en Medellín, aunque el convocado resida en otra ciudad en materia de derecho civil, familia, comercial, en asuntos que por su naturaleza sean susceptibles de conciliación, transacción, desistimiento, que sean de disposición de las partes y que no estén prohibidos por la Ley.

Los asuntos que se adelanten por conciliación serán admitidos por la Dirección del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación o quien ésta delegue, siempre que su cuantía no exceda de cuarenta (40) SMMLV y los usuarios que requieran el servicio acrediten ser estrato 1 o 2, excepcionalmente 3 cuando se trate de solicitudes en asuntos de familia (fijación de cuota alimentaria, disminución, exoneración, regulación de visitas, custodia y cuidados personales).

En materia laboral y administrativa no son susceptibles de ser tramitados en el Centro de conciliación por expresa prohibición legal.

Área de Familia

Fijación, disminución, aumento, revisión o exoneración de cuota alimentaria; Separación de bienes, disolución y liquidación de la sociedad conyugal; Declaración de la existencia de la unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial; Controversias sobre la custodia y cuidado personal; Régimen de visitas sobre menores e incapaces; Salida del país de menores.

Área de Civil

Entrega real y material del bien inmueble; Restitución de inmueble arrendado para vivienda urbana, terminación del contrato de arrendamiento; Pago de sumas de dinero adeudadas; Pago de cánones de arrendamiento y servicios públicos domiciliarios; Reconocimiento y pago de perjuicios; Cumplimiento de contrato de compraventa de bienes muebles e inmuebles; Permuta; Acuerdo sobre el traspaso de vehículo automotor; Responsabilidad civil contractual y extracontractual; Reconocimiento y pago de intereses; Perturbaciones a la posesión; Indemnizaciones como consecuencia de accidentes de tránsito, Problemas de linderos, entre otros.

Área de derecho Penal

Los delitos querellables establecidos en el artículo 522 de la Ley 906 de 2004 señalados en el Código Penal contra el patrimonio económico.

Área de Derecho Comercial

Obligaciones contenidos en títulos valores; Reclamación en derechos del consumidor; Liquidación y disolución de sociedades; Incremento de arrendamiento de local comercial; Terminación de arrendamiento de local comercial; Obligaciones contenidas en los títulos valores entre otros.

¿QUIÉNES SON CONCILIADORES?

Harán parte de la lista de Conciliadores del Centro de Conciliación de la Corporación Universitaria Remington, los profesionales abogados, capacitados en mecanismos alternativos de solución de conflictos y contratados como docentes por la Facultad y que se encuentren debidamente inscritos ante el Ministerio de Justicia y del Derecho como conciliadores y de conformidad con el Decreto 1829 de 2013, compilado por el Decreto 1069 de 2015, los estudiantes de derecho que cumplan con los requisitos allí establecidos.
Los estudiantes podrán actuar como conciliadores en asuntos de competencia de los miembros activos de Consultorio Jurídico (asuntos que no superen los 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes).

Excepcionalmente, siempre y cuando se cumpla con el perfil de usuario del Consultorio Jurídico y sea para fines académicos, se tramitan asuntos mayores a 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes, los cuales serán conciliados exclusivamente por un Abogado titulado y Conciliador que forme parte del Centro de conciliación, de conformidad como lo estipula el Decreto 1060 de 2015.

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS CONCILIADORES DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN?

Las funciones de los conciliadores del Centro de Conciliación de la Corporación Universitaria Remington, además de las señaladas en la Ley, las siguientes:

  • Limitar sus funciones a lo previsto en el reglamento interno del Centro de Conciliación de la Corporación Universitaria Remington.
  • Comprometerse con lo previsto en el Código de Ética del Centro de Conciliación.
  • Gestionar las solicitudes de conciliación asignadas, en concordancia con los parámetros establecidos en la legislación colombiana, y en consonancia con el Procedimiento diseñado por el Centro de Conciliación.
  • Encargarse del trámite para realizar las citaciones a quienes deban asistir a la audiencia de conciliación.
  • Asistir a los programas de capacitación en materia de Conciliación, que organice la Corporación Universitaria Remington.
  • Cumplir cabalmente su función en las audiencias de conciliación, de acuerdo con la Constitución, la Ley y el reglamento interno del Centro de Conciliación.
  • Suscribir el documento prescrito por la ley para cada uno de los resultados posibles de la audiencia de conciliación, y entregar copia o Constancia del mismo a cada una de las partes.
  • Cuando no sea posible notificar en debida forma al convocado de la audiencia de conciliación, deberá comunicar esta situación al convocante, e indicarle que su solicitud de conciliación será archivada, salvo que se subsanen los posibles problemas presentados.
  • Velar porque todos los documentos cuando se encuentren bajo su custodia se conserven en buen estado, hasta la entrega total de ellos al responsable de su archivo dentro del Centro de Conciliación.
  • En las ocasiones que su ayuda sea solicitada o necesaria, colaborar en la atención al público que lo requiera en materia de conciliación.
  • Dejar constancia de la entrega de cualquiera de los documentos necesarios para el desarrollo de sus funciones dentro del Centro de Conciliación, o para con los usuarios.
  • Llevar a cabo las funciones que se le fijen, por el Coordinador(a) del Centro de Conciliación en aras de crear un ambiente adecuado para el funcionamiento del Centro de Conciliación.

Horarios de atención

Lunes a viernes: 8:00 am. – 5:00 pm, en jornada continua.
Sábados: 8:00 am. – 12:00 m.
Dirección de ubicación: calle 51 N° 51-27, Parque Berrío -Torre 1, Piso 1, Centro de Medellín.

Datos de contacto

Teléfono: 3221000, Ext.2900.
Línea nacional gratuita: 018000410203
Correo institucional: consultoriojurídico@uniremington.edu.co

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